Con la aprobación de la Ley 66 de 17 de octubre de 2017, establece un periodo de moratoria para el pago del impuesto de inmuebles, sobre los intereses y recargos causados por las inmuebles sujetos a este impuesto. Que vence el próximo 31 de diciembre de 2017.
Para acogerse a esta moratoria la finca objeto de este impuesto, tendrá que estar inscrita en ANATI y obtener un NIT.
El proceso se realizara vía internet una vez se cuente con el NIT de la finca, para luego realizar el pago..
En Coronell, Lam y Asociados podemos asistirlos en este proceso.