Incentivos y nuevas actividades permitidas en la Zona Libre de Colon

Incentivos para la Zona Franca
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Mediante la Ley 412 de 21 de noviembre de 2023, se reformo la Ley Orgánica de la Zona Libre de Colon.

Objectivos de la Ley:

Equiparación de Incentivos:

La Ley tiene la finalidad de equiparar en la ZLC aquellos incentivos que actualmente coexisten en los distintos regímenes especiales del país.

Inclusión de Nuevas Actividades y Servicios:

Se ha ampliado la oferta de servicios para atender las necesidades económicas tanto de empresas usuarias de la ZLC como de sus potenciales clientes.

Nuevas Actividades Incorporadas:

  • Nearshoring
  • Suministro y Manejo de Inventario
  • Prestación de Servicios Inmobiliarios y/o Administración de Propiedades
  • Incorporación de Modelos de Manufactura Basados en Alta Tecnología

Beneficios Fiscales para los Usuarios de la ZLC:

Exoneración del Impuesto sobre la Renta:

Sobre los ingresos derivados de actividades permitidas bajo el régimen, siempre que las rentas se produzcan fuera del territorio nacional.

Exoneración del Impuesto sobre la Transferencia de Bienes Corporales Muebles y la Prestación de Servicios:

Aplicable a los usuarios de la ZLC, respecto de:

    • Mercancías, productos, equipos, bienes, servicios y demás bienes en general introducidos a la ZLC y cuyo destino final sea en el extranjero.
    • Servicios prestados por los usuarios de la ZLC a personas naturales o jurídicas establecidas dentro o fuera de Panamá.
    • Servicios recibidos por los usuarios de la ZLC, salvo por las excepciones dispuestas en el Código Fiscal.

Exoneración del Impuesto de Timbres Fiscales.

Exoneración sobre las Mejoras Comerciales e Industriales:

Incluye el impuesto de inmuebles sobre el terreno y las mejoras, así como el impuesto de transferencia de bienes inmuebles.

Exoneración del Impuesto Complementario:

Sobre las utilidades generadas, con excepción de los servicios logísticos y multimodales que no generen ninguna transformación, los cuales pagarán el impuesto a razón del 2% sobre la utilidad generada.

Exoneración del Impuesto Selectivo al Consumo:

Excluye vehículos terrestres adquiridos bajo beneficios otorgados por alguna ley que exonere el impuesto de importación.

Exoneración del Impuesto sobre la Enajenación o Traspaso de Acciones:

De empresas usuarias de la Zona Libre de Colón.

Exoneración del Impuesto sobre las Ganancias de Capital Generadas de Fuente Extranjera.